Cualquier “descargo de responsabilidad” es vinculante para el propietario y los sucesores o cesionarios.
§ 1.321 Renuncias legales, incluidas las renuncias terminales.
(a) El titular de una patente que posea el interés total o parcial en una patente puede rechazar cualquier reclamo completo o reclamos en una patente. Del mismo modo, cualquier titular de la patente puede negar o dedicar al público la totalidad del término, o cualquier parte terminal del término, de la patente otorgada. Tal descargo de responsabilidad es vinculante para el concesionario y sus sucesores o cesionarios. Se publica un aviso de descargo de responsabilidad en el Boletín Oficial y se adjunta a las copias impresas de la especificación.
Tenga en cuenta que este descargo de responsabilidad se presenta directamente en la oficina de Patentes y garantiza que, incluso si la patente cambia de manos, todavía está dedicada al público para CUALQUIER producto que use la patente.
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Si el titular de la patente no presenta dicha exención de responsabilidad, aún puede proporcionar una patente libre de regalías para un conjunto de productos específicos, pero aún puede solicitar regalías por otros productos, por ejemplo, productos que compiten con su producto o productos con características más avanzadas.