Sí, debe firmarlo gracias al Código Laboral de California § 2870. En general, California protege a las personas como usted de conformidad con dicha disposición. Según § 2870, una invención desarrollada completamente en el tiempo libre propio de un empleado sin el uso del equipo del empleador, suministros, instalaciones o información de secreto comercial no puede ser reclamada como propiedad de la compañía a menos que se relacionen con el negocio del empleador. Según los pocos hechos proporcionados en su pregunta, parece que su empleador no tiene derecho a reclamar su invención si es realmente “no competitiva” contra su empleador actual.
Una cláusula de divulgación de invención que cubra invenciones externas no debe ser demasiado amplia, ya que podría anular el acuerdo. Se puede determinar que el lenguaje de su acuerdo es demasiado amplio, pero un abogado que esté al tanto de todos los hechos sería el mejor para hacer esa evaluación.
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