¿Cuáles son las dificultades de aplicar el sistema de protección de patentes sobre las nuevas variedades vegetales y otras formas de vida de las invenciones?

Los siguientes son algunos de los problemas éticos y morales más importantes relacionados con el patentamiento de formas de vida superiores:

Disminución del respeto moral por la vida y los organismos vivos. Esto podría ocurrir a modo de objetivación: objetivar algo está relacionado con tratarlo como un producto de mercado. Lo perturbador de objetivar a una persona u organismo no es el intercambio de dinero, sino más bien la noción de que un sujeto, un agente moral con autonomía y dignidad, es tratado como un objeto.

-Entonces, la ingeniería genética de animales para fines agrícolas o de laboratorio podría ser perjudicial para ellos de varias maneras, algunas de las cuales ya han sido documentadas. Por ejemplo, los organismos genéticamente modificados se reproducen y se cruzan con especies nativas, no modificadas, y representan una amenaza para el medio ambiente y la existencia de especies naturales.

Las “patentes de especies” sobre cultivos genéticamente modificados acelerarán el dominio corporativo de la agricultura global, quizás perjudicando la viabilidad económica de la agricultura en los países más pobres.

Patentar nuevas variedades de plantas está bastante bien definido y las nuevas plantas (digamos una nueva variedad de tomates o manzanas) pueden protegerse fácilmente.
1601-


35 USC 161 Patentes para plantas.
Quien invente o descubra y reproduzca asexualmente cualquier variedad distinta y nueva de plantas, incluidos los deportes cultivados, mutantes, híbridos y plántulas recién encontradas, que no sean plantas propagadas por tubérculos o plantas que se encuentren en un estado no cultivado, pueden obtener una patente para ello, sujeto a las condiciones y requisitos de este título.

La ley para las nuevas formas de vida es un poco más oscura. El principio fundamental es que debe haber algo de ingenio humano involucrado

“De la decisión y la opinión del Tribunal Supremo resulta claro que la cuestión de si una invención abarca o no la materia viva es irrelevante para el tema de la patentabilidad. La prueba establecida por el Tribunal para el tema patentable en esta área es si la materia viva es el resultado de la intervención humana “.

Fuente: 2105-

Por otro lado, los organismos humanos no son patentables.
“A pesar de cualquier otra disposición de la ley, no se puede emitir ninguna patente sobre un reclamo dirigido o que abarque un organismo humano”.

Gracias por su amable atención. Sé que la Ley estadounidense protege las nuevas variedades de plantas de muchas maneras, como la Patente de plantas de acuerdo con la Ley de patentes de plantas de 1930. También existe la Ley de protección de variedades de plantas de 1970, que está cerca del sistema de la UPOV. Pero mi pregunta es sobre las razones filosóficas de rechazar la patente para los inventos y plantas de formas de vida. Además, las dificultades técnicas.