¿Tiene que identificar el porcentaje de propiedad de la patente entre individuos en un acuerdo de patente que involucra la copropiedad?

Estoy de acuerdo con la respuesta anterior de que los detalles podrían ser confusos y que la ayuda profesional sería útil.

¿Asumo que estás hablando de una patente estadounidense? En ausencia de un acuerdo en contrario, cada inventor nombrado en la patente posee el 100% de la patente (concepto extraño, lo sé) y puede hacer lo que quiera con la patente, incluida la venta y licencia del 100% de la patente.

Si habla de un acuerdo de propiedad conjunta entre los inventores individuales, entonces he visto casos en los que la propiedad de la patente se divide entre los inventores por el porcentaje de reclamos emitidos a los que cada individuo contribuyó. Por ejemplo, supongamos que hay 20 reclamos emitidos, el inventor A contribuyó con 10 reclamos y el inventor B contribuyó con 10 reclamos. En este caso, el acuerdo de propiedad conjunta puede definir que los inventores A y B poseen cada uno el 50% de la patente.

En contextos donde la patente será la base de una startup, la forma más limpia de tratarla sería hacer que cada inventor asigne su propiedad completa a la startup para que la entidad corporativa se convierta en el 100% del propietario. La recaudación de fondos y la valoración de activos se vuelven mucho menos desordenados de esta manera.

Espero que esto ayude.

Legalmente, cada inventor nombrado en una patente posee conjuntamente el 100% de los derechos. Entonces, por ejemplo, en ausencia de acuerdos en contrario, un inventor puede vender unilateralmente una licencia a una compañía a pesar de las objeciones de los otros inventores.

Entonces, sí, cuando tiene un acuerdo de asignación, realmente desea asegurarse de obtener exactamente la porción de propiedad que desea, probablemente el 100% de todos los inventores. Si no se está asignando todo el título, entonces realmente desea especificar qué parte queda con quién.

También hay otros problemas que podrían resultar de la copropiedad, incluido quién tiene derecho a presentar una demanda (y si necesitan el permiso de los otros propietarios), qué porcentaje de los gastos son pagados por quién, etc.

Lo mejor es consultar a un abogado con respecto a cualquier acuerdo de asignación, patente o de otro tipo. En el lado positivo, esto no requiere explícitamente un abogado de patentes, y cualquier abogado con experiencia en contratos debería poder ayudarlo.

Si todos están formando una compañía, entonces, cada uno de ustedes asigna sus derechos de inventor a la compañía y la compañía posee el 100%.

Si aún no está formando una empresa, puede redactar un acuerdo que especifique el porcentaje de propiedad. Es posible que el acuerdo también deba cubrir cómo se cubrirán los posibles gastos y si los inventores individuales tienen derecho a vender sus derechos a terceros. (Puede ser desordenado)

Obtener asesoramiento legal adecuado es muy recomendable.

Si no hay un acuerdo específico, todos los inventores tienen los mismos derechos.