1. Problema de propiedad
Si la solicitud de patente se relaciona de alguna manera con su investigación financiada, la pregunta que debe hacerse es: “¿Le asigné mis derechos a esta compañía oa otra persona?”
Es posible que haya firmado sus derechos de propiedad intelectual (es decir, “asignado”) a la universidad donde está tratando de obtener su doctorado, y si eso sucedió, la universidad posee la IP.
Si no asignó sus derechos de PI a la universidad, ¿firmó algo que transfirió sus derechos de PI a la empresa que financia su proyecto? Si es así, esa compañía posee su IP.
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Si no firmó ningún documento que asigne sus derechos de IP, entonces, de acuerdo con la ley de los EE. UU., Es dueño de sus inventos.
[Si firmó documentos que asignaron sus derechos de propiedad intelectual a la universidad y posteriormente a la empresa, debe informar este asunto al abogado de su universidad, así como al abogado de la empresa.]
Tenga en cuenta que el lenguaje utilizado en la mayoría de los contratos para asignar derechos de PI está redactado por abogados generales, es decir, por abogados que pueden o no comprender el uso del lenguaje en las cláusulas de asignación de PI.
Hay un caso famoso en el que la Universidad de Stanford se equivocó de lenguaje (sí, esa Universidad de Stanford en California. Ver, página en supremecourt.gov; y ver, página en wikipedia.org).
En consecuencia, si tiene alguna pregunta sobre lo que firmó, le recomendamos que busque el asesoramiento de un asesor legal competente, preferiblemente un abogado de patentes u otro abogado de propiedad intelectual.
2. Cuestión de inventor
En el caso de que su investigación forme parte de la solicitud de patente, la siguiente pregunta que debe hacerse es si usted está (o estará) incluido en la solicitud de patente como inventor designado.
Según la ley de los Estados Unidos, todos los inventores deben estar listados por nombre. Si no es así, debe averiguar por qué se omite su nombre.
Si su investigación formó la base de la solicitud de patente, es posible que desee hablar sobre ser incluido como el primer inventor. (Piense en ello en los mismos términos que figura como el primer autor en un artículo publicado).
Si asignó sus derechos de propiedad intelectual (ya sea a la empresa o a su universidad), es posible que no reciba nada por la solicitud de patente o la comercialización de la invención. Pero, tener su nombre en una solicitud de patente (y cualquier patente que surja de ella) es algo que definitivamente desea incluir en su curriculum vitae.