¿Puede un propietario evitar que instale el servicio de Internet?

El propietario posee el edificio físico, la estructura real, en la que desea tener instalado el servicio, por lo tanto, conservan el derecho de cómo esa estructura será penetrada por cualquier cosa que ingrese o se adhiera a la estructura. Los derechos que tiene el propietario pueden ser delegados a usted o pueden ser estrictamente propiedad del propietario. Su contrato de arrendamiento será la clave de lo que puede hacer.

Como han señalado otros aquí, el derecho que tiene el propietario puede ser vendido a un proveedor en particular y ese proveedor puede tener el derecho de proporcionar servicios específicos exclusivamente. En ese caso, no tendría derecho a instalar el servicio de Internet en su unidad, el proveedor exclusivo tendría esa capacidad / derecho. El arrendador también podría retener el derecho y solo permitir que los servicios públicos generales hagan penetraciones estructurales en la instalación. Se podría argumentar que el acceso a Internet es una utilidad, pero ese sería el propósito de un abogado de bienes raíces y el sistema judicial.

¿Puede un arrendador evitar que obtenga el servicio de Internet? Sí, el propietario puede. No hay reglas o regulaciones de la FCC que se hayan promulgado, que yo sepa, que anulen el derecho del arrendador a la supervisión estructural de su propiedad.

En general, sí, ya que implica modificaciones a la propiedad.

Si se trata de una modificación realmente menor, como conectar un módem por cable a un conector de TV por cable que ya está allí: probablemente no.

Si desea colocar un plato de 12 pies en su lugar de estacionamiento secundario: un pequeño problema.

Su contrato de arrendamiento también puede prohibirlo directamente, incluso si es menor; por ejemplo, el complejo de apartamentos podría tener un contacto de exclusividad con un proveedor específico y transferirle ese requisito, como parte de los términos de su contrato de arrendamiento.

Además: obtener esto por su cuenta podría ser problemático; Un ejemplo es que algunas compañías cortan alegremente los cables de otras compañías mientras instalan los suyos, para dificultar el cambio de proveedores.

Es bastante común, por ejemplo, que las instalaciones de Fios corten los cables locales de telecomunicaciones y televisión por cable durante la instalación, y que las compañías de cable corten los cables a la antena de la azotea para que ya no pueda hacer HDTV por aire y deba comprar un cable, etc. ..

No es legal, pero a menos que tenga un video de ellos haciéndolo, es probable que no sea procesable.

Si y no. Si la instalación del hardware y los cables necesita modificar el edificio (perforar agujeros, atornillar cosas en la pared, cortar partes de cualquier parte de la estructura), tienen todo el derecho de negar la instalación de los dispositivos que necesita para que tenga Internet, por lo tanto negándote internet. Pero revise su contrato de arrendamiento primero de antemano, ya que las reglas y la excepción para cualquier modificación generalmente se establecen claramente.

También pueden negarle internet si está utilizando un servicio proporcionado por ellos y usted viola sus reglas de uso.

No pueden negarle internet si los dispositivos que necesita no dañan la propiedad de ninguna manera. Los módems o enrutadores de escritorio o estantería más populares son un ejemplo de dispositivos que no requieren ninguna modificación de propiedad. Esas cajas no necesitan estar aseguradas a ninguna estructura y cualquier cableado cabe en la mayoría de los enchufes preexistentes de casas modernas. Informe a su proveedor de Internet con anticipación si se encuentra en una estructura anterior para que pueda estar listo con los adaptadores necesarios. Si necesita un satélite, prepárese con un poste verticalmente desde un balde o neumático de automóvil lleno de cemento. También puede preguntar si tienen alguna abrazadera que se pueda unir a las barandas de los balcones sin dañarlas, ya que muchas compañías prefieren usar métodos de no modificación.

Si se trata de cableado físico de las instalaciones, probablemente. Si no involucra alambres o cables, no.

Verifique su contrato de arrendamiento en “Utilidades”.

No hay leyes de la FCC como esa. Debe ser más específico para lo que el propietario le impide hacer.

Si desea FIOS y el propietario no quiere que se coloquen cables de fibra óptica en el edificio, él tiene ese derecho … pero probablemente pueda obtener Internet a través de los cables o la línea telefónica …