En realidad, muchos aviones pequeños no tripulados son perfectamente legales para volar en los EE. UU., Siempre y cuando se vuelen solo con fines de recreación o pasatiempo. No puede ganar dinero con ellos sin obtener una “exención de la Sección 333” (consulte Sistemas de aeronaves no tripuladas para obtener una explicación de este proceso).
El área gris es cómo y dónde se puede volar “avión modelo” de manera permisible. La única orientación oficial de una agencia reguladora es una “circular de asesoramiento” que no tiene la misma fuerza de regla o ley que una regulación real (página en faa.gov). El “Código Nacional de Seguridad del Modelo” de la Academia de Aeronáutica Modelo (AMA) (página en modelaircraft.org) amplifica los pocos detalles recomendados por la circular de asesoramiento, pero nada obliga a nadie a seguirlos.
En pocas palabras, en la Sección 336 de la Ley de Modernización y Reforma de la FAA de 2012 (página en faa.gov), el Congreso dijo: “No obstante cualquier otra disposición de la ley relacionada con la incorporación de sistemas de aviones no tripulados en los planes y políticas de la Administración Federal de Aviación, incluido este subtítulo, el Administrador de la Administración Federal de Aviación no puede promulgar ninguna regla o regulación con respecto a un modelo de avión, o un avión que se desarrolle como un modelo de avión “siempre que se cumplan ciertas limitaciones. Estos sostienen principalmente que los aviones “modelo” pesan menos de 55 libras (25 kg) y se mantienen alejados de los aeropuertos.
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Sin embargo, una de las limitaciones establece que el modelo de avión debe “operarse de manera que no interfiera y dé paso a cualquier avión tripulado”. Bastante blando, pero acerca de lo que debería esperarse de la legislación que busca crear reglas de operación. En cualquier caso, esto llega al meollo del problema: la falta de orientación explícita sobre lo que es seguro y lo que no.
Los criterios de la AMA (enlace anterior) esencialmente no mencionan ningún tipo de limitación de velocidad aérea; solo declare “se debe usar un observador cuando sea apropiado” sin detalles que serían bastante reconfortantes para otros usuarios del espacio aéreo; y solo estipula un límite máximo de 400 pies sobre el suelo “dentro de las tres (3) millas de un aeropuerto sin notificar al operador del aeropuerto”, dejándolo abierto en cuanto a si (1) hay algún deber más allá de la notificación y (2) qué tan alto es también alto cuando estás a más de 3 millas de un aeropuerto.
En la primavera de 2014, la FAA trató de aclarar su perspectiva sobre los modelos de aviones: vea Mitos sobre la FAA y los aviones no tripulados.
Unos meses más tarde, la FAA publicó una larga “Interpretación de la regla especial para aeronaves modelo” en el Registro Federal. Está disponible en Page en faa.gov. Recomiendo leer ambos para apreciar más lo que se ha dicho y no se ha dicho sobre este tema hasta la fecha.
Los siguientes artículos también hacen una lectura interesante sobre este tema:
Las “Regulaciones” de la FAA relativas a los sistemas de aeronaves no tripuladas.
Drones vs.Aviones controlados por radio: supervisión de la operación