¿Cómo puede un estudiante graduado indio convertirse en un agente de patentes registrado en los Estados Unidos?

Los requisitos generales para convertirse en agente de patentes, incluidos los de ciudadanos no estadounidenses, se encuentran en el “Boletín de requisitos generales para la admisión al examen de registro para ejercer en casos de patentes ante la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos” (aquí: http: // www.uspto.gov/sites/defau…)

Brevemente, los problemas que veo son:

  1. SI NO ES CIUDADANO DE LOS ESTADOS UNIDOS Y NO ES UN RESIDENTE PERMANENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS

Si usted es un extranjero no residente (es decir, no es ciudadano o residente permanente de los Estados Unidos), es REALMENTE DIFÍCIL.

La regla: cualquier extranjero que no sea residente de los Estados Unidos y que presente una prueba para la satisfacción del Director de la Oficina de Inscripción y Disciplina del OED de que él o ella está registrado y en buen estado ante la oficina de patentes del país en el que él o ella reside y practica, y quien posee las calificaciones establecidas en § 11.7, puede estar registrada como agente de patentes para ejercer ante la Oficina con el propósito limitado de presentar y procesar las solicitudes de patentes de los solicitantes ubicados en dicho país, siempre que la patente La oficina de dicho país permite privilegios sustancialmente recíprocos a los admitidos para ejercer ante la Oficina.

El problema: solo Canadá permite privilegios sustancialmente recíprocos a los admitidos para ejercer ante la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos.

Las posibles soluciones:

  • Haga que la India permita privilegios sustancialmente recíprocos a los admitidos para ejercer ante la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos.
  • Haz que EE. UU. Cambie su ley.
  • Múdate a Canadá y conviértete en un agente de patentes canadiense.
  • Múdate a los EE. UU. Y conviértete en un residente extranjero. “Cuando sea apropiado, cualquier extranjero que no sea abogado, que resida legalmente en los Estados Unidos y que cumpla con los requisitos de esta Parte puede ser registrado como agente ausente para ejercer ante la Oficina, siempre que dicho registro no sea incompatible con los términos en el que el extranjero fue admitido y reside en los Estados Unidos, y siempre que el extranjero pueda permanecer registrado solo: (1) Si el extranjero continúa residiendo legalmente en los Estados Unidos y el registro no es incompatible con los términos en el cual el extranjero continúa residiendo legalmente en los Estados Unidos o (2) Si el extranjero deja de residir en los Estados Unidos, el extranjero está calificado para registrarse bajo el párrafo (c) de esta sección [ue, es ciudadano de un país otorgando privilegios recíprocos como se discutió anteriormente ]. Ver también § 11.9 (b) ”
  • Múdate a los Estados Unidos y conviértete en ciudadano.

2. DEBE PROBAR QUE SU FONDO EDUCATIVO CUMPLE CON LOS REQUISITOS.

La regla: se considerará que un solicitante ha establecido, a satisfacción del Director del OED, que posee la capacitación científica y técnica necesaria si proporciona una transcripción oficial que demuestre que se obtuvo un título de licenciatura en una de las siguientes materias por un colegio o universidad acreditada de los Estados Unidos, o que el equivalente a una licenciatura fue otorgado por una universidad extranjera en una de las siguientes materias:

Biología, Farmacología, Ingeniería Electroquímica, Bioquímica, Física, Ingeniería Física, Botánica, Tecnología Textil, Ingeniería General, Informática (algunos grados de CS no son aceptables), Ingeniería Aeronáutica, Ingeniería Geológica, Tecnología Electrónica, Ingeniería Agrícola, Ingeniería Industrial, Tecnología de Alimentos , Ingeniería biomédica, ingeniería mecánica, química general, ingeniería cerámica, ingeniería metalúrgica, tecnología marina, ingeniería química, ingeniería minera, microbiología, ingeniería civil, ingeniería nuclear, biología molecular, ingeniería informática, ingeniería petrolera, química orgánica, ingeniería eléctrica

El problema: su título, “Ingeniería electrónica y de comunicación” no está en la lista.

Las posibles soluciones: “Un solicitante con una licenciatura en un tema no mencionado anteriormente, como Ciencias Biológicas, Farmacia, Tecnología Mecánica o un título en Informática de una institución que no fue acreditada por el CSAC del CSAB o el CAC de ABET en o antes de la fecha en que se otorgó el título debe establecer, a satisfacción del Director del OED, que posee la capacitación científica y técnica necesaria ”. El Boletín brinda varias formas de hacerlo.

El truco: tu escuela no es un “colegio o universidad acreditada de los Estados Unidos”

La posible solución: muestre cómo otras organizaciones de EE. UU. Han evaluado su programa de estudios / escuela y lo han encontrado equivalente a la educación recibida en un colegio o universidad acreditada de EE. UU. Del boletín (he incluido un par de opciones, la primera de las cuales se aplica a una universidad de EE. UU. para graduarse y obtener el crédito por su trabajo de pregrado en India):

“Xiii. Otra educación: Otra educación (p. Ej., Educación extranjera, crédito académico por experiencia laboral, educación militar, experiencia de vida, etc.) es aceptable en la medida en que la evidencia objetiva demuestre que la educación es equivalente a la recibida en un colegio o universidad acreditada de los EE. UU. en una de las materias enumeradas en la Categoría A. Por ejemplo, tal educación puede ser satisfecha por una de las siguientes presentaciones: a. Los cursos específicos han sido aceptados para obtener créditos de nivel universitario en una materia de Categoría A por un colegio o universidad acreditada de los EE. UU. Porque serían acreditables si el estudiante continuara su educación en esa institución. si. El crédito académico obtenido en una asignatura de Categoría A obtenida a través de un programa especial de crédito, como el Programa de examen de nivel universitario (CLEP), y un colegio o universidad acreditado ha otorgado crédito. do. Si se ha otorgado crédito por experiencia de vida, el colegio o universidad debe identificar el área o cursos de trabajo del curso en una materia de Categoría A para la cual se otorga el crédito. El crédito de experiencia de vida para cursos que no están identificados en su catálogo de cursos como parte de un currículo universitario o universitario no es aceptable, a menos que el colegio o universidad otorgue crédito por el trabajo del curso en una asignatura de Categoría A que es un requisito previo para cursos más avanzados en la Categoría A incluido en su currículum. re. El crédito en un tema de Categoría A para el trabajo del curso de estudio en el hogar ha sido otorgado por una institución postsecundaria acreditada por el Consejo de Educación y Capacitación a Distancia. mi. Un colegio o universidad estatal acreditada de EE. UU. Informa el título de otra institución como aquel cuya transcripción recibe el valor completo, y el valor total se otorga en una materia de Categoría A aplicable a los planes de estudio en el colegio o universidad estatal de EE. UU. F. La educación completada fuera de los EE. UU. Se ha presentado a una organización privada que se especializa en la interpretación de credenciales educativas extranjeras y dicha educación se ha considerado al menos equivalente a la obtenida en los programas de educación convencionales de los EE. UU. El Consejo para la Acreditación de Educación Superior (CHEA) puede ser de alguna ayuda para proporcionar información sobre estas organizaciones. sol. Los créditos de la Escuela de Graduados del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) u otras instituciones que se determine que son equivalentes para este propósito, son aceptados por una institución acreditada sobre la misma base que el estudio en colegios y universidades acreditadas. ”

¡Buena suerte!