Esta es un área de cierta confusión porque el lenguaje en COPPA parece sugerir que COPPA cubre las organizaciones sin fines de lucro. En verdad, no lo son. La razón es que la FTC solo puede regular ciertos tipos de “operadores”. Las organizaciones sin fines de lucro están excluidas de esta definición. Como dice la FTC en sus preguntas frecuentes de COPPA:
“COPPA declara expresamente que la ley se aplica a sitios web comerciales y servicios en línea y no a entidades sin fines de lucro que de otra manera estarían exentas de cobertura bajo la Sección 5 de la Ley FTC. En general, porque muchos tipos de entidades sin fines de lucro no están sujetos a la Sección 5 de la Ley FTC, estas entidades no están sujetas a la Regla. Sin embargo, las entidades sin fines de lucro que operan en beneficio de sus miembros comerciales pueden estar sujetas a la Regla. Ver FTC v. California Dental Association, 526 US 756 (1999) “.
Habiendo dicho todo esto, la mayoría de las organizaciones sin fines de lucro cumplirán con COPPA como una cuestión práctica porque los padres esperan tanto y es una buena política. He vinculado a un artículo sobre el tema: La exención sin fines de lucro COPPA
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